Las empresas responsables del transporte de mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril; o de las operaciones de embalado, de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes, pueden estar obligadas a designar uno o varios consejeros de seguridad ante la Administración, conforme la normativa ADR, RID y R.D. 97/2014.
Nuestro objetivo es que su empresa, además de dar cumplimiento a la normativa, introduzca en su operativa los procedimientos y prácticas adecuadas para garantizar la seguridad de las personas que manejan mercancías peligrosas y conseguir minimizar su impacto en el medio ambiente.
Para lograrlo, CONSEGUR pone a su disposición los siguientes servicios:
Servicio básico de cumplimiento normativo:
Servicios complementarios: