Todos los productos químicos peligrosos están sujetos a normas de almacenamiento. Las empresas que almacenan este tipo de productos químicos a partir de determinadas cantidades, tienen obligación de legalizar estos almacenamientos ante la Administración Autonómica.
La normativa que lo regula es:
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Real Decreto 379/2001, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7
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Real Decreto 2016/2004, por el que se aprueba la Instrucción Técnica complementaria MIE APQ-8 "Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno".
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Real Decreto 105/2010, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de los almacenamientos de productos químicos y se aprueba la Instrucción Técnica complementaria MIE APQ-9 "Almacenamiento de peróxidos orgánicos".
Y afecta al almacenamiento de los siguientes productos:
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Almacenamiento de sólidos inflamables, sólidos tóxicos, comburentes, sólidos corrosivos, irritantes, carcinogénicos, sensibilizantes, mutagénicos, tóxicos para la reproducción y peligrosos para el medio ambiente.
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Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles.
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Almacenamiento de óxido de etileno.
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Almacenamiento de cloro.
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Almacenamiento de amoníaco anhidro.
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Almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión.
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Almacenamiento de líquidos corrosivos.
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Almacenamiento de líquidos tóxicos.
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Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno.
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Almacenamiento de peróxidos orgánicos.
El departamento de Seguridad Industrial de CONSEGUR le ofrece los siguientes servicios para dar solución a sus problemas de almacenamiento:
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Asesoramiento y soluciones técnicas para el almacenamiento.
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Desarrollo de proyectos y dirección de obra para la legalización de los almacenamientos.